San Diego - Oficiales de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP por sus siglas en inglés) quieren recordar a extranjeros y viajeros mexicanos con una visa láser u otro tipo de visa, sobre los requisitos de entrada a los Estados Unidos, como obtener el permiso I-94, y cuando un permiso I-94 es requerido con anticipación durante la temporada de mayor afluencia en verano.
De acuerdo a las leyes de inmigración de los Estados Unidos, una persona solicitando admisión a los Estados Unidos como visitante temporal por negocio o placer tiene que comprobar a un oficial del CBP que su estancia planeada en los Estados unidos será temporal.
A reserva de alguna excepción, cada viajero foráneo admitido en los Estados Unidos se le expedirá un permiso I-94 (registro de llegada/salida) como prueba de los términos de su admisión.
Ciudadanos mexicanos que entren al país por las garitas terrestres en el sur de California con una visa laser están exentos del requisito del permiso I-94, a menos que tengan la intención de permanecer en los Estados Unidos más de 30 días y/o viajar mas allá de 25 millas de la frontera. Solicitantes portando una visa laser no están autorizados a laborar en los Estados Unidos.
Solicitantes que requieran de un permiso I-94 deberán comprobar solvencia económica y lazos fuertes en su país de origen, incluyendo un domicilio que no tengan la intención de abandonar.
Los 'lazos' son los varios aspectos de la vida de una persona que lo vinculan a su país o residencia. Algunos ejemplos de cómo demostrar estos lazos pueden ser recibos de nómina de su empleo, pago de impuestos, la hipoteca de una casa o apartamento, recibos de renta, cuentas bancarias, recibos de servicios públicos, etc.
No es posible especificar los documentos que cada persona debe de presentar para su admisión porque las circunstancias de cada solicitante varían mucho. Todo solicitante deberá traer consigo cualquier documento que piense pueda comprobar sus circunstancias individuales.
Todo miembro de una familia que vaya a viajar deberá estar presente físicamente durante el proceso de la solicitud de la I-94. El permiso I-94, que cuesta $6 dólares, le permite a los visitantes viajar mas allá de las 25 millas de la frontera o permanecer en los Estados Unidos por más de 30 días.
Por ley, un viajero foráneo deberá portar sus documentos de entrada, y si es requerido, el permiso I-94, todo el tiempo que permanezca dentro de los Estados Unidos.
Asimismo, en los filtros de inspección, agentes de la Patrulla Fronteriza revisan los documentos de entrada y el permiso I-94 de viajeros foráneos. A los viajeros que no porten sus documentos de entrada y el permiso I-94 se les puede cancelar su visa y podrán ser deportados de los Estados Unidos.
Información adicional sobre la forma de CBP para el permiso I-94 se puede localizar en: (Entering the U.S. - Documents required for Foreign Nationals (International Travelers))