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Procesos de inmigración ante política de cero tolerancia - Hoja de datos familiares

Los peligros al cruzar el Río Bravo y el terreno desértico, o esconderse en refugios, o en remolques de tractores, son altos para los adultos e incluso mucho más preocupantes para los niños. Las personas que buscan ingresar a los Estados Unidos deben hacerlo a través de los puertos de entrada.

El Fiscal General instruyó a los Fiscales Federales de la Frontera Suroeste a encausar a todos los adultos extranjeros que ingresen ilegalmente al país, incluidos aquellos que estén acompañados por sus hijos, bajo el titulo 8 Código de Estados Unidos. § 1325 (a), entrada ilegal.

Los menores, cuyos padres sean referidos para ser encausados, serán ubicados con la Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR, por sus siglas en inglés) del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS).

A continuación, se proporciona información sobre:

  • El Cuidado de los menores
  • Procesos de comunicación familiar
  • El proceso de deportación o remoción

Encausamiento/ deportación

Las personas que son detenidas por la Patrulla Fronteriza son llevadas a las estaciones para su procesamiento.

  • Como parte del procesamiento todas las personas, incluidos adultos y niños, deberán ofrecer información biográfica y, en muchos casos, sus huellas dactilares.
  • Los agentes de la Patrulla Fronteriza ingresan la información provista por el entrevistado en los sistemas electrónicos apropiados, incluida información sobre la relación familiar, reclamada o confirmada, entre el menor y el adulto. 

Las personas que hayan entrado ilegalmente al país, así como aquellas personas que posean antecedentes criminales o inmigratorios, serán referidos al Departamento de Justicia para encausamiento, y se presentarán ante un juez federal.

Una vez concluido el proceso criminal formal, las personas serán transferidas al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) de los Estados Unidos para comenzar los procesos de inmigración apropiados.

Cualquier persona procesada para su expulsión, incluidos aquellos que son enjuiciados penalmente por ingreso ilegal, puede solicitar asilo u otra protección disponible según la ley.

Los niños extranjeros también pueden presentar un reclamo individual de asilo y, dependiendo de las circunstancias, pueden someterse a procedimientos de inmigración por separado.

Comunicación y coordinación para familias

Los niños bajo custodia de HHS ORR reciben atención adecuada, que incluye atención médica, atención de salud mental y programas educativos. Los niños normalmente se encuentran en un refugio temporal o son hospedados por una familia apropiada.

Mientras se encuentra bajo el cuidado del HHS, la ORR comienza el proceso de localizar un patrocinador para que el niño sea dado de baja de la custodia federal.

  • Un patrocinador puede ser un padre/madre, un hermano(a) adulto (a), pariente o un hogar apropiado que cumpla con los criterios de seguridad del menor y la continuación de cualquier procedimiento de inmigración. Un padre que es encausado y luego liberado puede ser un patrocinador y pedirle a HHS que libere a su hijo nuevamente bajo su custodia.
  • En el año fiscal 2017, el 90 por ciento de los niños fueron entregados a un patrocinador que era padre o pariente cercano.

El HHS y el DHS trabajan para facilitar la comunicación entre los padres detenidos y sus hijos en el cuidado de HHS.

  • ICE está dedicando una instalación como su principal centro de reunificación familiar y traslado.
  • Los padres y tutores legales que han sido procesados ​​penalmente y están a la espera de ser removidos normalmente serán detenidos allí.
  • Todo el personal de las instalaciones de ICE que interactúan con los padres recibirán capacitación en atención informada para el trauma.
  • ICE está aumentando el personal de atención de salud mental, para incluir personal clínico entrenado, para proporcionar servicios de salud mental a los padres detenidos que han sido separados de sus hijos.
  • ICE trabajará con los padres detenidos para proporcionar comunicación regular con sus hijos a través de videoconferencias telefónicas, teléfonos y tabletas.

El HHS y el ICE pueden tomar medidas para facilitar la reunificación familiar con fines de remoción, de conformidad con la ley federal, donde el padre o tutor legal es capaz de proporcionar el bienestar físico y mental del niño y se comporta con los deseos del padre o la madre guardián.

Información del contacto

Para asistencia en la localización de niños, las personas pueden contactarse con la Oficina de Reasentamiento de Refugiados llamando al 1-800-203-7001, envíe un correo electrónico a information@ORRNCC.com  o visite https://www.acf.hhs.gov/orr/resource/orr-national-call-center. Las personas deben proporcionar el nombre completo, la fecha de nacimiento y el país de origen del niño, así como el número de registro de extranjero (A number), si está disponible. Los operadores están disponibles las 24 horas del día, los 7 días de la semana, y hablan español e inglés. Si llama desde un centro de detención de ICE, marque 699 # en la plataforma de llamadas gratuitas.

Para obtener información sobre un caso de inmigración o sobre el proceso de reunificación con los menores, las personas pueden llamar a la línea directa de ICE al 1-888-351-4024, enviar un correo electrónico a Parental.Interests@ice.dhs.gov  o visitar https://www.ice.gov/contact/detention-information-line. Si llama desde un centro de detención ICE, llame usando el marcado rápido 9116 # en la plataforma de llamadas gratuitas. ICE se compromete a conectar a los miembros de la familia lo más rápido posible después de la separación para que los padres sepan la ubicación de sus hijos y se comuniquen regularmente con ellos. ICE ha publicado información en todas las instalaciones a más largo plazo con esta información.

La información sobre los detenidos por ICE se encuentra en https://locator.ice.gov/odls/#/index.

La información que se suministra a aquellas personas detenidas se resume aquí: Next Steps for Families.

Last Modified: Jun 15, 2018